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lunes, 6 de octubre de 2014

Vademecum Latín Jurídico.

En nuestro sistema procesal, la segunda instancia se configura, con algunas salvedades en la aportación del material probatorio  de nuevos hechos (artículos 862 y 863 LECiv), como una revisio prioris instantiae en la que el Tribunal Superior u órgano ad quem tiene plena competencia para revisar todo lo actuado por el juzgador de instancia, tanto en lo que afecta a los hechos (quaestio facti) como en lo relativo a las cuestiones jurídicas oportunamente deducidas por las partes (quaestio iuris), para comprobar si la resolución recurrida se ajusta o no a las normas procesales y sustantivas que eran aplicables al caso, con dos limitaciones: la prohibición de la reformatio in peius, y la imposibilidad de entrar a conocer sobre aquellos extremos que hayan sido consentidos por no haber sido objeto de impugnación (tantum devolutum quantum appellatum) (ATC 315/1994)
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Brevario de latín jurídico donde podrás encontrar: adagios, aforismos, apotegmas, axiomas, brocardos, latinajos, latines, máximas, principios generales del derecho, proverbios, refranes y sentencias.


 Javier Bernalte Calle, Abogado.

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